MARCO JURÍDICO

SEPIDES E.P.E. está sujeta al derecho privado, excepto en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades administrativas que tenga atribuidas y en los aspectos que específicamente se regulen en su estatuto, y en la Ley 5/1996, de 19 de enero, así como en lo previsto para las entidades públicas empresariales, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y en el resto de normas de derecho administrativo general y especial que le sean de aplicación.

Las sociedades pertenecientes al Grupo SEPIDES se rigen en su actuación por el título VII de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas (Ley 33/2003, de 3 de noviembre) y por el ordenamiento jurídico privado (principalmente, por la Ley de Sociedades de Capital, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio), salvo en las materias en que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero y de contratación. Por ello, las sociedades pertenecientes al Grupo SEPIDES están sujetas a la Ley General Presupuestaria (Ley 47/2003, de 26 de noviembre), a la Ley 9/2017, 8 de noviembre de Contratos del Sector Público y a la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas (L.O. 2/1982, de 12 de mayo).